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ESTATUTOS

Asociación de Veteranos Baloncesto Gran Canaria

RESUMEN ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE VETERANOS DE BALONCESTO DE GRAN CANARIA.

CARACTERES E IDENTIDAD DE LA ASOCIACIÓN

Denominación, caracteres y régimen jurídico.

Al amparo de los dispuesto en el artículo de la Constitución Española, de conformidad con lo que establece la Ley 191/1964, del 24 de Diciembre, así como las disposiciones que la desarrollan, en su interpretación acorde con el Texto de la Constitución y con el respeto a los principios contenidos en la legislación deportiva general y federativa, se constituye por tiempo indefinido una Asociación de carácter civil con la denominación ASOCIACIÓN DE VETERANOS DE BALONCESTO DE GRAN CANARIA.

La ASOCIACIÓN DE VETERANOS DE BALONCESTO DE GRAN CANARIA es una entidad de iniciativa privada en el ámbito deportivo y cultural, sin ánimo de lucro de carácter independiente, cuyo funcionamiento, así como el de los centros, será democrático, garantizando la participación de todos sus asociados en la forma prevista en los presentes Estatuto. 

Objeto y fines:

La ASOCIACIÓN DE VETERANOS DE BALONCESTO DE GRAN CANARIA tiene por objeto integrar a cuantos veteranos de baloncesto formaron parte al menos por un año y siempre que se incorporen voluntariamente y, cumplan con los requisitos que más adelante se consignará. 

 Son fines concretos de la Asociación los siguientes: 

A. Coadyuvar a la promoción de los derechos e intereses de los veteranos de baloncesto de Gran Canaria.

B. Evaluar y contribuir a resolver los problemas que puedan plantearse, desde un punto de vista colectivo e individual, a sus miembros.

C. Participar, en los términos previstos por la Normativa vigente o de acuerdo con los requerimientos de los organismos federativos competentes, en la planificación y ejecución de programa relativos a las representaciones baloncestistas nacionales e internacionales. 

D. Organizar encuentros de baloncesto, de carácter amistoso, tanto en territorio español como en el extranjero, con la participación directa de sus asociados.

E. Posibilitar la obtención de beneficios económicos, derivados de la actividad mencionada en el apartado anterior, así como los que dimanen indirectamente del ejercicio de dicha actividad.

F. Promover, crear o participar en la gestión de centros, servicios u organismos encaminados a la enseñanza o práctica de la actividad baloncestista. 

G. Realizar estudios e investigaciones relacionadas con los problemas de las representaciones nacionales e internacionales de baloncesto, participar en dichas investigaciones y estudios cuando sea requerida la Asociación por las organizaciones federativas competentes. 

H. Promover acciones conjuntas con otras Asociaciones o grupos de características y objetivos semejantes.

I. Colaborar con los poderes públicos y con las organizaciones federativas, de ámbito general estatal y de ámbito autonómico, en la promoción de la modalidad deportiva del baloncesto, de acuerdo con lo que las disposiciones normativas tengan previsto o los requerimientos o convenios específicos realizados con tales organizaciones federativas. 


MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN DE VETERANOS DE BALONCESTO DE GRAN CANARIA

Pueden pertenecer a la, ASOCIACIÓN DE VETERANOS DE BALONCESTO DE GRAN CANARIA todas las personas físicas, con capacidad de obrar, que asuman los principios y objetivos contemplados en los presentes Estatutos y hayan participado como mínimo un año en la práctica del baloncesto,  y no se encuentren en la actualidad desarrollando actividad como jugador en activo con ficha federativa. 

Podrán también pertenecer a la Asociación, con carácter de miembro de honor, las personas que se destaquen por su relevancia social o pública y por actividad a favor de la modalidad deportiva del baloncesto o por su participación en el desarrollo y extensión de la Asociación,

Podrán pertenecer a la Asociación, con carácter de miembro Colaborador, las personas físicas o entidades jurídicas, que hayan tenido o tengan una vinculación relevante con el Baloncesto Gran Canario.

Para ser socio de pleno derecho de la ASOCIACIÓN DE VETERANOS DE BALONCESTO DE GRAN CANARIA,  es necesario cumplir con las siguientes condiciones:

A. Solicitar el ingreso a la Junta Directiva.

B. Asumir compromiso de participar activamente en las actividades desarrolladas por la Asociación.

C. Aceptar las obligaciones derivadas de los preceptos estatutarios y de los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno.

D. Abonar las cuotas periódicas que se estipulen, para el mantenimiento de la Asociación, salvo exoneración de pago por causas justificadas y mediante acuerdo de la Asamblea General. 

E. Haber participado como mínimo un año en la disciplina del baloncesto, y ser avalados por dos socios que tengan una antigüedad de un año en la Asociación.

Para ser miembro de honor se precisa la propuesta de cinco socios y el acuerdo de la Asamblea General de la Asociación. 

Para ser miembro asociado de la ASOCIACIÓN DE JUGADORES DE BALONCESTO, es necesario cumplir con las siguientes condiciones:

A. Solicitar el ingreso a la Junta Directiva.

B. Haber pertenecido al baloncesto de Gran Canaria.

Para ser miembro colaborador de la ASOCIACIÓN DE JUGADORES DE BALONCESTO, es necesario cumplir con las siguientes condiciones:

A. Solicitar el ingreso a la Junta Directiva.

B. Haber tenido o tener  una  vinculación relevante con el Baloncesto de Gran Canaria. 

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